Después de seis años al aire el 15 de marzo de 2015, Carmen Aristegui y su equipo no volvieron a la emisión radiofónica de MVS Noticias. En días recientes, un juez federal y determinó que a la radiodifusora MVS, “no le asistía la razón ni derecho alguno para interrumpir o terminar” el noticiario dirigido por la periodista.
Con lo anterior, se confirma lo evidente desde aquel año, es decir el juez federal emitió una sentencia a favor de Carmen Aristegui, que de acuerdo a declaraciones de los abogados que la representan, el retiro del aire en MVS fue de manera indebida e ilegal.
Conoce más del caso Aristegui/MVS 👉 https://t.co/eQ6JwNcmzl pic.twitter.com/epTplTqyXO
— Aristegui Noticias (@AristeguiOnline) 28 de julio de 2017
En el mismo año 2015, Carmen Aristegui presentó un demanda a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), contra el gobierno mexicano por “obstrucción de la justicia” en su salida o censura de MVS.
“Al miedo hay que tenerle respeto”: Carmen Aristegui en Barcelona https://t.co/HprLZUhXW3 pic.twitter.com/SXsHfmY9uA
— Aristegui Noticias (@AristeguiOnline) 27 de julio de 2017
La sentencia
El juez federal, Guillermo Campos Osorio, Juez 14 de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, determinó que la empresa MVS, de Joaquín Vargas Guajardo, no tenía derecho a suspender el programa en marzo de 2015, ni terminar el contrato de manera anticipada con la periodista.
La conclusión al caso de censura de Aristegui Noticias indica que “es falso que la periodista hubiese explotado ilegalmente las marcas de MVS, que hubiese infringido sus derechos de autor, violado las leyes de la materia o que hubiese mentido o divulgado aspectos confidenciales del contrato”.
MexicoLeaks, el pretexto
La sentencia judicial emitida el pasado 15 de julio, determinó que la empresa MVS, utilizó el pretexto de la mención que hizo la periodista de la plataforma MexicoLeaks, con lo cual Aristegui no incumplió con sus obligaciones contractuales o legales.
Finalmente, de acuerdo al resultado de la sentencia, el caso deberá considerar los amparos que presentó la ciudadanía ante los Tribunales Especializados reclamando su derecho como audiencia afectada por el ilegal actuar del grupo concesionario”, y el caso regresará a la Suprema Corte.